
La justicia penal japonesa, a examen
El misterio del 99,9 % de culpabilidad: ¿cumplen su función jueces, fiscales y abogados?
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La “pseudoadversarialidad” de la justicia criminal japonesa
ENTREVISTADOR ¿Cuál es la trayectoria histórica y el momento actual de la justicia criminal japonesa?
MURAOKA KEIICHI La justicia criminal japonesa cambió con la adopción de la nueva Constitución tras la Segunda Guerra Mundial. Antes de la guerra, se acomodaba a la Constitución Imperial, que hacía residir la soberanía en el Emperador, es decir, que tenía por modelo el sistema inquisitorial (ex officio) alemán. Después, pasó a acomodarse a la nueva Constitución de Japón, que instauró la soberanía popular, y por influencia norteamericana dio un giro hacia la adversarialidad (iniciativa de las partes litigantes).
Fue un cambio bastante grande, pero, si bien a un nivel superficial se introdujo la adversarialidad norteamericana, a un nivel más profundo pervivió el pensamiento y la tradición inquisitorial de la época anterior a la guerra. Por eso, en la interpretación del articulado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, así como en la forma de aplicar del sistema y otros aspectos, hay muchos puntos en los que se evidencia ese conflicto de principios o de filosofías entre lo inquisitorial y lo adversarial. Y esta es la razón de que, cuando hablamos del adversarialismo japonés de hoy en día, a veces se acuda a la expresión “pseudoadversarialismo”.
El sistema inquisitorial, una mirada judicial por encima del hombro
ENTREVISTADOR ¿Podría explicarnos brevemente en qué consisten los sistemas inquisitorial y adversarial?
MURAOKA En el inquisitorial, como en aquellos juicios del periodo Edo celebrados en un patio ante el representante directo del bakufu (gobierno shogunal), se otorga la iniciativa en la acusación al juez como órgano del Estado, que será además el que sentencie al acusado en ejercicio del derecho punitivo del Estado, teniendo, pues, lo que sería un sistema bifacial.
Frente a esto, en el sistema adversarial se da una estructura triangular: el juez da un paso atrás y adquiere una función de mero enjuiciador, quedando el pleito en manos, por una parte, del fiscal como representante del Estado y, por la otra, del ciudadano sobre el que recae la sospecha y el abogado que lo asiste. Se trata de elucidar la verdad a partir de los alegatos y las pruebas aportadas por estas dos partes, que adoptan perspectivas diferentes.
MURAI TOSHIKUNI En los tribunales del Japón de hoy en día, el juez aparece en el estrado superior, mientras que el fiscal y el abogado defensor se sientan a ambos lados, más abajo. Es la estructura de la adversarialidad, que difiere de lo que ocurría antes de la guerra. Antes de la guerra, el fiscal se sentaba en la parte alta, igual que el juez, mientras que el acusado y su defensa ocupaban la parte baja. Esta distribución espacial era una expresión del sistema inquisitorial, que supone juzgar desde arriba, asumiendo una posición de superioridad. En el sistema adversarial, acusación y defensa se presentan en pie de igualdad y el pleito se entabla entre ellos. Como forma de llevar el proceso, creo que es la más adecuada.
No obstante, aunque entre los académicos nadie defienda que puede juzgarse mirando al acusado por encima del hombro, está muy arraigada la idea de que, más que dejar que las partes litigantes discutan el caso exhaustivamente, lo mejor es que el juez guíe o controle de alguna manera el proceso. Y hay que reconocer también que entre los jueces todavía hay algunos que creen que el juez es omnisciente, que intuye rápidamente si el acusado está mintiendo o no desde que entra en la sala, sin necesidad de examinar las pruebas.
Muraoka Keiichi, profesor de la Universidad de Hakuō.
Murai Toshikuni, profesor honorario de la Universidad de Hitotsubashi.
Una “pseudoadversarialidad” llena de problemas
MURAOKA Es la idea de que por muy débiles que sean las pruebas, nada escapa a la clarividencia del juez.
Se ha formado un sistema que es una mezcla de esas dos filosofías, la inquisitorial y la adversarial, y el asunto es qué valoración hacer de esto, porque entre los teóricos del enjuiciamiento criminal y quienes trabajan en este campo hay una clara discrepancia. Hay quien cree que en Japón se ha llegado a un sistema ecléctico que es excelente, pero yo, personalmente, desde la perspectiva adversarial propiamente dicha, creo que esto que llamamos “pseudoadversarialidad” japonesa arrastra una problemática nada despreciable.
Por ejemplo, durante las investigaciones, tenemos por una parte la realidad de una celda de interrogatorios que es un espacio cerrado herméticamente para extraer del sospechoso una confesión, en el que no se permite la concurrencia del defensor, y por la otra, unos tribunales que están permitiendo esta situación. Además, durante las vistas del juicio, surgen problemas por el hecho de que el juicio se lleve a cabo desde una premisa de supuesta culpabilidad, bajo la iniciativa del juez y con una gran dependencia de las declaraciones previamente hechas y presentadas por escrito.
Un fiscal omnipotente
ENTREVISTADOR ¿Qué puntos dentro de la actual justicia criminal japonesa son los más problemáticos en su opinión?
MURAOKA Suele decirse que la regla de oro en la administración de la justicia criminal es no culpabilizar a un solo inocente, aunque sea a costa de dejar sin castigo a 100 culpables. Pero en Japón, la fiscalía y la policía tratan de que ningún culpable quede sin castigo y, al mismo tiempo, no castigar nunca a un inocente. Se entiende que hay que hacer las dos cosas al mismo tiempo.
El problema es cómo conciliar lo uno con lo otro, porque en todo sistema humano eso nunca se cumple a la perfección. Siempre hay choques o conflictos. Si entre esos dos valores hubiera que quedarse solo con uno, desde luego el mayor peso debería ponerse en la defensa del inocente. Pero, por desgracia, este pensamiento no ha calado suficientemente hondo en el conjunto de la administración de justicia, incluyendo en ella a fiscales y policías.
Por otra parte, está ocurriendo también que, en su empeño por hacerse con los más variados métodos de investigación y no dejar a ningún malvado sin su castigo, la fiscalía está produciendo un 60 % de casos en que finalmente se suspende la formulación de cargos. La fiscalía tiene unas atribuciones tremendamente amplias que ponen en sus manos el destino de las personas.
Alarmante disfunción de los jueces
ENTREVISTADOR ¿Puede decirse que en la actual situación jueces, fiscales y abogados están cumpliendo cada cual con su papel y que la justicia está funcionando correctamente?
MURAI Creo que tenemos el problema de la disfunción de los jueces. La idea manejada por el Tribunal Supremo de que al acusado hay que concederle el beneficio de la duda, otra regla de oro en los juicios criminales, en principio es respetada también por los jueces. Pero si, desde ese punto de vista, consideramos si los jueces están juzgando correctamente, creo que no son pocos los juicios en los que esto es dudoso.
Por supuesto, también hay jueces que en su labor tratan de atenerse al máximo a esta otra regla de oro, pero no podemos sino reconocer que se trata de la minoría más concienciada o escrupulosa. Me gustaría que los jueces cumplieran plenamente su función, pero es que también corresponde a los abogados defensores hacer que esto sea así.
Los defensores tienen que aplicarse todavía más y conseguir que los jueces les presten oídos. Es función de los jueces no dejarse llevar excesivamente por las declaraciones de los fiscales y conducir el juicio asegurándose de que sea posible un debate adversarial. El problema es que esto no se está consiguiendo. Al final, lo que pasa es que hace falta educar mejor a los jueces.
Consideración hacia el acusado: la teoría de la Torre de Pisa
MURAOKA En Japón se dice a menudo que los fiscales son demasiado fuertes o, de otro modo, los abogados demasiado débiles. Si estamos en un sistema adversarial, ambas partes deberían estar en pie de igualdad, pero en la práctica hay una gran diferencia.
En el pensamiento existente en Estados Unidos y otros países se habla del modelo de la Torre de Pisa, que estando inclinada desde el principio se mantiene en pie. Así, en Estados Unidos se le conceden al acusado ciertos derechos constitucionales que lo ponen en ventaja, y se piensa que es partiendo de esa situación ventajosa como se llega a un equilibrio.
Pero en Japón este pensamiento es raro. Con un fiscal demasiado fuerte y un abogado demasiado débil, por decirlo de algún modo, la balanza está desequilibrada desde el principio, pero en los tribunales no se hace nada por tratar de corregirlo. Esto, entre otras cosas, hace que el fiscal conserve su ventaja de partida y haga posible ese 99,9 % de sentencias de culpabilidad.