Los saltos generacionales de Japón
El apellido separado opcional para las parejas, un problema rodeado de malentendidos
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La imposición de un apellido común
Una encuesta llevada a cabo en abril de 2024 por la radiotelevisión pública NHK en la que se preguntaba a los japoneses por su actitud ante la posibilidad de que los cónyuges conservasen, si así lo deseaban, sus respectivos apellidos de soltería reveló que el 62 % de los japoneses se posiciona a favor de tal posibilidad y el 27 % en contra. Por bandas de edad, todas las inferiores a los 70 años arrojaron porcentajes de aceptación superiores al 70 %. Pero entre los mayores de 70 años, la aceptación solo alcanza el 48 %, apenas ocho puntos por encima de la oposición. Al igual que en otras encuestas similares realizadas en los últimos años, se pone de manifiesto la gran diferencia de pareceres entre jóvenes y mayores.
Hay factores que pueden explicar estas diferencias generacionales, como el distinto grado de aceptación de la diversidad de esquemas familiares, una cuestión de valores que van calando progresivamente, o el aumento entre las generaciones jóvenes de mujeres que continúan su carrera profesional después de haberse casado y tenido hijos, lo que está elevando el número de hogares en los que ambos cónyuges trabajan.
Ahora en Japón se habla mucho de la diversificación de los esquemas familiares y se cita el matrimonio de hecho como un exponente muy significativo de este fenómeno.
El matrimonio de hecho se concibe opuesto al matrimonio de derecho y se tiende a pensar que quienes eligen el primero lo hacen porque se oponen al segundo. Pero no es una idea demasiado acertada en el caso de Japón.
Por supuesto, habrá parejas que no formalicen su unión por tener una idea negativa del matrimonio legal, pero lo que caracteriza a Japón en lo concerniente a este tema es que la mayoría de las parejas de hecho afirman estar dispuestas a formalizar su situación si ambos cónyuges pudieran mantener legalmente su respectivo apellido de soltería.
Es muy raro que el apellido se constituya en razón para no formalizar la unión en los países en que al casarse es posible elegir libremente conservar el suyo o cambiarlo. En ese sentido, en Japón el matrimonio de hecho es algo que surge por causa de un sistema legal que no permite tener un abanico de opciones suficientemente amplio.
Japón es, hoy en día, el único país del mundo que establece por ley que los cónyuges deben adoptar un mismo apellido. La nuestra es una sociedad que no permite que dos personas que quieren casarse sin cambiar sus apellidos puedan hacerlo.
Lo que dice el Código Civil es que el apellido común se establecerá de común acuerdo, y que podrá ser el de cualquiera de los dos contrayentes. Pero lo cierto es que cerca del 95 % de los matrimonios eligen el del hombre.
Aunque el problema social que esto supone sale a relucir ahora en diferentes ámbitos, tengo la impresión de que mucha gente sigue sin tener una comprensión adecuada al respecto. Y creo que la falta de comprensión y los malentendidos tienen mucho que ver con esa brecha que se aprecia al preguntar sobre este tema a las generaciones más jóvenes y las mayores.
A continuación, examinaré el tema desbrozando de qué se trata y de qué no se trata –una precisión que no resulta ociosa– y poniendo el foco sobre aspectos que suelen pasar inadvertidos. Me basaré en las informaciones que he obtenido encuestando a personas que optaron por el matrimonio de hecho.
Una cuestión también de palabras
Quizás suene un poco raro, pero el hecho es que, para la mayoría de quienes eligen el matrimonio de hecho por la cuestión del apellido, la razón no suele ser exactamente el deseo de tener apellidos separados. De las encuestas que he hecho se desprende que lo que desea la mayoría de quienes defiende la reforma legal es, simplemente, casarse sin tener que cambiar de apellido. Hemos de fijarnos, pues, en el efecto distorsionador que pueden llegar a tener expresiones como bessei (“apellidos separados”).
Quienes no desean cambiar de apellido al casarse por razones relacionadas con su vida laboral, con su identidad, con circunstancias familiares o de otra naturaleza, forman un colectivo cada vez más numeroso, pese a lo cual la ley japonesa no les permite casarse legalmente ni siquiera en el caso en que, por casualidad, ambos están de acuerdo sobre ese punto.
Actualmente, cuando se discute sobre ese “sistema de apellido separado optativo” para los contrayentes, no se está planteando en términos de si es más correcto tener un mismo apellido o tener apellidos separados, si lo uno es más igualitario que lo otro, o cuál de los dos es más respetuoso con el individuo. De lo que estamos hablando es de si a quienes desean contraer matrimonio debe dárseles o no la opción de mantener sus respectivos apellidos de soltería. Para empezar, hay que recalcar este punto.
El uso extraoficial del apellido de soltería
La ley japonesa compele a uno de los contrayentes a renunciar a su apellido y, en respuesta a esta realidad, en la década de 1990 algunas empresas comenzaron a permitir que sus trabajadoras que habían tenido que cambiar de apellido para casarse pudieran seguir utilizando el de soltera extraoficialmente en su trabajo. Está viva en nuestra memoria una sentencia del Tribunal Supremo de 2021 que determinó la constitucionalidad del artículo del Código Civil que fuerza a los contrayentes a compartir apellido basándose en que la práctica de permitir el uso del apellido de soltería extraoficialmente tenía arraigo en la sociedad. En los últimos años, la idea de que esta costumbre cubre de sobra las necesidades existentes se ha convertido en la principal argumentación de quienes defienden que Japón no necesita reformar la ley.
Pero si nos fijamos en las circunstancias históricas que condujeron a la aceptación del uso extraoficial del apellido de soltería, dicha pretensión es cuando menos sorprendente. Este uso es, en Japón, un derecho conquistado a modo de solución de compromiso ante la imposibilidad de optar libremente. Pese a la obviedad de este hecho, hoy en día la amplia implantación social de esta práctica es utilizada por los opositores a la reforma para justificar su postura. No puede negarse que es un argumento ingenioso.
Es verdad que el uso extraoficial del apellido de soltería va calando poco a poco en la sociedad, pero también lo es que todavía cerca de la mitad de las empresas no lo admiten. Y en otras muchas, la utilización no es extensible a todos los cargos o funciones, ni a todos los documentos. Son muchas las mujeres que experimentan dificultades o sufren algún perjuicio por alguna cuestión relacionada con su apellido.
¿Una reforma para la mujer trabajadora?
Hay una fuerte tendencia a ligar la cuestión del uso extraoficial del apellido de soltería o la necesidad de abrir las puertas al apellido separado opcional con fenómenos como el avance social de la mujer o las actividades que despliega. Ciertamente, si este problema ha suscitado atención ha sido principalmente debido a que el aumento del porcentaje de ocupación de la mujer y del número de matrimonios en que ambos cónyuges trabajan han contribuido a visibilizar todas las dificultades que afrontan las mujeres en su vida laboral cuando se casan y cambian de apellido.
Pero tenemos que ser cuidadosos al plantear este problema. Que la ley obligue a los contrayentes a adoptar un apellido común es criticable no solo desde el punto de vista de que es un inconveniente “en una época en la que el trabajo de la mujer es ya algo perfectamente normal”, como suele decirse. Es incorrecto pensar que el problema del apellido afecta solo al trabajo de la mujer.
En mi encuesta comprobé que entre las personas que optaron por el matrimonio de hecho hay también muchas amas de casa y otras que trabajaban solo ocasionalmente a tiempo parcial. Su negativa a cambiar de apellido no se fundamenta solo en razones laborales. Para ellas, que la opinión pública se fije solo en que la reforma legal es necesaria “para las mujeres que trabajan” resulta irritante y doloroso.
Nuestro apellido y nuestro nombre inspiran sentimientos diferentes en cada uno de nosotros. Es un tema que no puede debatirse solo en términos de las ventajas o inconvenientes que de él se derivan en la esfera laboral. Reducirlo a ese ámbito sería una grosera simplificación.
Privacidad expuesta involuntariamente
Otro reduccionismo muy habitual que no refleja la complejidad del problema es el de plantearlo como un simple dilema entre adoptar un apellido común o quedarse cada cual con el suyo.
En primer lugar, en muchos casos el cambio de apellido revela a terceros, quiérase o no, que la mujer se ha casado. Y si eventualmente se divorcia, volver al apellido de soltera revelará, a su vez, que se ha divorciado. Dado que hoy en día cerca del 95 % de las parejas adoptan el apellido del marido, aun en el supuesto de que el divorcio haya ocurrido por culpa de este, casi siempre es la mujer la que sufre la exposición pública de su vida privada.
En una época en la que proclamamos pomposamente el derecho a la privacidad nos encontramos, pues, con que este sistema de apellido compartido acaba exponiendo a la vista pública información confidencial al margen de la voluntad de la persona afectada, siendo en casi todos los casos la mujer la víctima de esa situación.
Forzar a compartir apellido tiene sus efectos también sobre los niños de los matrimonios que se divorcian, efectos nada triviales. En más del 80 % de los casos estos niños siguen viviendo con su madre y también ellos “sufren” el cambio de apellido, un cambio que volverá a ocurrir en caso de que la madre vuelva a casarse, todo ello fruto de ese principio japonés según el cual todos los inscritos en un mismo koseki o registro familiar deben llevar el mismo apellido.
En realidad, hay muchas familias en las que los hijos no comparten apellido con alguno de sus padres, como es el caso de los matrimonios internacionales o de las parejas de hecho (en los matrimonios entre japoneses y extranjeros, en principio cada cual conserva su apellido). Y aunque es evidente que disponer de un sistema que permitiera elegir entre apellido común o separado representaría un gran beneficio y avance para el bienestar de los niños en situaciones como las descritas, este aspecto ha sido sistemáticamente soslayado. A menudo se oye a los detractores de la reforma justificar su oposición diciendo que les dan lástima los niños. Pero es precisamente la imposición del sistema único vigente lo que los victimiza, causándoles perjuicios y exponiéndolos a los prejuicios ajenos.
Buscando un enfoque más inclusivo
Como se ha visto, en el debate sobre la necesidad o no de instaurar en Japón un sistema de apellido separado opcional para los casados, cobra especial importancia la mayor o menor amplitud del enfoque que adoptemos.
A riesgo de ser repetitivo, tengo que insistir en que no se trata de decidir si los casados deben llevar un mismo apellido o conservar cada cual el suyo. El punto es si debe imponerse o no el apellido común. Comprender que este es el marco adecuado para la discusión es una premisa para cualquier avance. No plantearse si también debería admitirse el apellido separado, sino si es correcto imponer el apellido común.
Como es lógico, los principales afectados por este problema del apellido son las generaciones jóvenes que consideran casarse algún día. Por ello, es importante que sus demandas y su forma de pensar se vea reflejada en la política.
Pero al mismo tiempo, hay que tener también en cuenta que el problema no solo afecta a las generaciones jóvenes, o las parejas de hecho. La vía del matrimonio de hecho es una elección nada fácil que exige sacrificios, de ahí que muchas parejas opten finalmente por formalizar su situación renunciando una de las partes a su apellido. Son “los otros afectados”, que no aparecen en las estadísticas pese a formar un gran grupo.
Si queremos superar la brecha generacional que se aprecia al plantear este problema, deberíamos empezar por conseguir que la sociedad sea consciente del amplio rango de problemas que el actual sistema comporta y de que son muchos los colectivos afectados. Deberíamos también prestar oído a todos los que soportan dificultades o incomodidad en su vida por esta cuestión y considerar las ventajas que se derivarían para la sociedad de una reforma que promoviera el derecho a elegir.
Fotografía del encabezado: demandantes de la reforma legal necesaria para instaurar el apellido separado opcional se aproximan al Tribunal de Distrito de Tokio el 8 de marzo de 2024. (Kyōdō Press)
(Traducido al español del original en japonés.)